¿Sabías que en Chile las empresas también pueden ser penalmente responsables?
En el marco del fortalecimiento de la lucha contra la corrupción y los delitos económicos, Chile dio un paso crucial con la entrada en vigor de la Ley N° 20.393, la cual introdujo por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Esta normativa, vigente desde diciembre de 2009 y actualizada con nuevas figuras delictivas hasta 2025, establece que las empresas además de las personas naturales pueden ser investigadas, formalizadas y condenadas penalmente cuando se compruebe su participación en determinados delitos.
¿Qué significa que una empresa pueda ser penalmente responsable? La Ley N° 20.393 incorporó al Título I del Libro Primero del Código Penal Chileno un nuevo régimen sancionatorio. Esta ley establece que una persona jurídica podrá ser considerada responsable penalmente cuando los delitos sean cometidos por sus dueños, ejecutivos, representantes legales o dependientes, con beneficio directo para la entidad y producto de la falta de un modelo de prevención eficaz.
Los delitos que pueden generar esta responsabilidad son, entre otros:
Cohecho a funcionario público nacional o extranjero
Lavado de activos
Financiamiento del terrorismo
Delitos ambientales
Receptación
Administración desleal
Corrupción entre particulares
Delitos contra la libre competencia
Trata de personas
Delitos de la Ley de Mercado de Valores y Ley de Bancos, entre otros (según las modificaciones incorporadas hasta 2025).
¿Qué sanciones pueden recibir las empresas? Las consecuencias para las personas jurídicas pueden ser graves y afectar su existencia misma. Entre las principales sanciones se encuentran:
Multas a beneficio fiscal (proporcionales al beneficio económico obtenido)
Prohibición de celebrar actos o contratos con organismos públicos
Pérdida de beneficios fiscales o prohibición de recibirlos
Disolución de la persona jurídica
Intervención temporal de la empresa
¿Cómo puede una empresa evitar ser sancionada penalmente? La única forma legalmente reconocida para eximir a la empresa de responsabilidad penal es la implementación de un Modelo de Prevención del Delito (MPD), también conocido como modelo de compliance. Este debe incluir:
Designación de un encargado de prevención
Identificación de riesgos y procesos críticos
Protocolos y procedimientos de control interno
Sistema de denuncias internas
Capacitación constante al personal y a la alta dirección
El modelo debe ser eficaz, auditable y adecuadamente aplicado antes de la comisión del hecho delictivo. Su sola existencia no exime de responsabilidad si no es efectivo ni demostrado.
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